Áreas de Práctica
Otros servicios
Nuestro lema:
Compromiso, dedicación y economía!
Contáctenos
Licda. Janelle Luciano Núñez
Mobile: (809) 854.1847
Email: jluciano@bavaro-lawyers.com
Licda. Elizabeth Núñez García
Mobile: (809) 781.3322
Email: enunez@bavaro-lawyers.com
Publicaciones
OPERACIONES INMOBILIARIAS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA
La ley No. 108-05 sobre Registro Inmobiliario del 4 de abril de 2007 es el marco legal que regula las transacciones inmobiliarias en la República Dominicana. La propiedad de un inmueble se adquiere mediante el pago de los impuestos de transferencia inmobiliaria, el registro del Acto de Compraventa correspondiente a la operación, así como los demás documentos requeridos al efecto por la Oficina de Registro de Títulos, la cual luego de revisar la documentación, cancela el Certificado de Título anterior y emite un nuevo Certificado de Título que representa el derecho de propiedad del nuevo adquiriente.
INMUEBLES BAJO UNA COMPAÑÍA O CORPORACIÓN
ventajas
- 1. La responsabilidad personal en la que incurra tanto en la República Dominicana como en su país de origen o residencia, no afectará los inmuebles que tenga dentro de una corporación.
- 2. Permite agilizar la venta del inmueble, mediante una operación menos costosa, a razón de que en la República Dominicana, los impuestos de transferencia de acciones de compañía son más bajos que los impuestos de transferencia inmobiliaria, igualmente es más fácil vender las acciones de la compañía tenedora del inmueble que lo que es transferir el inmueble. Punto favorable para el propietario como para el futuro comprador.